Artículo 1°.- Corrígese la errata del texto de la Ley 5215, sancionada el 11 de
diciembre de 2014 y publicada en el B.O.C.B.A. N° 4620 del 20 de abril de 2015,
donde dice: " Desaféctase del Distrito E3 de zonificación el polígono comprendido por
el eje de la calle Concordia desde su intersección con la línea de fondo de las parcelas
frentistas a la Av. San Martín acera par; por éste hasta su intersección con la línea de
fondo de las parcelas frentistas a la Av. Salvador María del Carril acera impar; por esta
hasta su intersección con el eje de la calle Gutenberg; por este hasta su intersección
con el eje de la calle José Cubas y por éste hasta la intersección con el eje de la calle
Concordia", debe decir:
"Desaféctase del Distrito E3 de zonificación el polígono comprendido por el eje de la
calle Concordia desde su intersección con la línea de fondo de las parcelas frentistas a
la Av. San Martín acera par; por ésta línea de fondo hasta su intersección con la línea
de fondo de las parcelas frentistas a la Av. Salvador María del Carril acera impar; por
esta hasta su intersección con el eje de la calle Gutenberg; por éste hasta su
intersección con el eje de la calle San Nicolás, por éste hasta su intersección con el
eje de la calle José Cubas, por éste hasta la intersección con el eje de la calle
Concordia y por éste hasta la intersección con la línea de fondo de las parcelas
frentistas a la Av. San Martín acera par."
Art. 2°.- Corrígese la errata del Anexo I de la Ley 5215, sancionada el 11 de diciembre
de 2014 y publicada en el B.O.C.B.A. N° 4620 del 20 de abril de 2015, sustituyéndose
los planos "Distrito APH 36 Plaza Arenales y Estación Devoto Plano de Delimitación N°
5.4.12.36a" y "Distrito APH 36 Plaza Arenales y Estación Devoto Plano de Inmuebles
Catalogados N° 5.4.12.36b" por los planos "Distrito APH 36 Plaza Arenales y Entorno
Plano de Delimitación N° 5.4.12.36a", "Distrito APH 36 Plaza Arenales y Entorno Plano
Inmuebles Catalogados N° 5.4.12.36b" y "Distrito APH 36 Plaza Arenales y Entorno
Plano de Protección Ambiental N° 5.4.12.36c" que pasan a formar parte integrante de
la presente Ley.
Art. 3°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez
Buenos Aires, 31 de julio de 2015
En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, certifico que la Ley N° 5.299 (Expediente Electrónico N°
18.745.694/MGEYA-DGALE/15), sancionada por la Legislatura de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 25 de junio de 2015 ha quedado
automáticamente promulgada el día 21 de julio de 2015.
Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; gírese copia a la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección
General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al
Ministerio de Desarrollo Urbano. Cumplido, archívese. Clusellas