Buenos Aires, 21 de febrero de 2014
VISTO:
La Ley N° 114, La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos
Aires, aprobada por el Decreto N° 1510/97, la Resolución N° 150/CDNNyA/14, el
Expediente N° 6409892/MGEyA-DGGPP/13, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 45 de la Ley N° 114 se crea el Consejo de los Derechos de Niñas,
Niños y Adolescentes como organismo especializado que tiene a su cargo las
funciones que le incumben a la Ciudad en materia de la promoción y protección de los
derechos de niños, niñas y adolescentes;
Que por el artículo 46 de la citada norma legal, el Consejo goza de autonomía técnica
y administrativa y autarquía financiera;
Que mediante la Resolución N° 150/CDNNyA/14, se aprobó el Reglamento de
funcionamiento y procedimiento administrativo del Registro Único de Aspirantes a
Guarda con fines Adoptivos (RUAGA) de este Consejo;
Que la Dirección Operativa Jurídica ha verificado un error material en la Constancia de
Admisión del Anexo II de la resolución mencionada;
Que el artículo 120 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de
Buenos Aires, aprobada por Decreto N° 1510/97, establece que en cualquier momento
podrán rectificarse los errores meramente materiales o de hecho y los aritméticos,
siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión;
Que por las consideraciones de derecho vertidas precedentemente procede dictar el
acto administrativo que rectifique el Anexo II de la citada resolución;
Que la Dirección General Legal Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el
ámbito de su competencia.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 701/11,
LA PRESIDENTE DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS
DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
RESUELVE
Artículo 1.- Rectificase el formulario obrante en el Anexo II de la Resolución N°
150/CDNNyA/14, y reemplácese por el ANEXO IF 2838995/CDNNYA/2014, que forma
parte integrante de la presente.
Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, y para su conocimiento,
notificar al Registro Único de Aspirantes a Guarda con fines Adoptivos (RUAGA) y
demás efectos, remítase a la Dirección General de Gestión de Políticas y Programas
y. Cumplido, archívese. Wolanik
El Anexo esta publicado en el Anexo del BOCBA Nº 4368 del 31/03/2014.