Registro de deudores alimentarios morosos. Gratuidad.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 10 de noviembre de 2022
GRATUIDAD DEL REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS Artículo 1º.- Elimínanse los aranceles de los oficios judiciales para inscribir a una persona en el Registro de Deudores/as Alimentarios/as Morosos/as establecido por Ley 269.
Art. 2°.- Comuníquese, etc. Ferrario - Schillagi
DECRETO N.º 414/22 Buenos Aires, 5 de diciembre de 2022 En uso de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley N° 6591 (E.E. N° 2022-42960818- GCABA-DGALE) sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 10 de noviembre de 2022. El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Justicia y Seguridad, y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos, comuníquese al Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - D´Alessandro - Miguel