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Niñez y Juventud
Identidad (NyJ)

DECRETO N° 1.507

Publicado en el BOCBA N° 2801 del 01/11/2007

Se crea el "Programa Memoria Joven - Recordamos para el Futuro"

                                                Buenos Aires, 25 de octubre de 2007.

Visto la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 1.925, el Decreto N° 350/06 (B.O.C.B.A. N° 2416) y el Expediente N° 20.606/07, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 1.925, en su artículo 20 inciso d), establece entre las funciones del Ministerio de Derechos Humanos y Sociales la de promover "el conocimiento y la preservación de la memoria sobre los crímenes y hechos relacionados con graves violaciones a los derechos humanos y crímenes de lesa humanidad cometidos por el terrorismo de Estado";
Que como se desprende de las normas citadas, es política de este Gobierno la promoción de la conciencia y la recuperación de la memoria urbana en cuanto a la vulneración de los derechos humanos perpetrada durante la época del terrorismo de Estado impuesto por la última dictadura militar;
Que dicha política debe plasmarse en acciones tendientes a lograr los objetivos apuntados;
Que el Decreto N° 350/06 fija entre los objetivos del organismo Fuera de Nivel Unidad Ejecutora Proyectos de Sitios de Memoria, dependiente del Ministerio de Derechos Humanos y Sociales, la "intervención en acciones tendientes a conocer la verdad y preservar la memoria sobre los crímenes cometidos por el terrorismo de Estado en nuestro país" y la transmisión y difusión de la "memoria de los hechos relacionados con graves violaciones a los derechos humanos y crímenes de lesa humanidad";
Que el Ministerio de Educación garantizará la implementación de las políticas y los programas que promuevan el desarrollo de todas aquellas actividades que estén orientadas a recuperar el sentido de la memoria;
Que, específicamente, la transmisión a las nuevas generaciones de las experiencias históricas relativas al terrorismo de Estado, es un presupuesto fundamental para construir colectivamente una sociedad democrática, siendo misión del Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires formar ciudadanos y ciudadanas en el marco del derecho e integrar en los Diseños Curriculares contenidos específicos;
Que, tanto las escuelas como los espacios de participación juvenil son ámbitos propicios para trabajar sobre el pasado y para elaborar nuevos sentidos sobre la experiencia presente;
Que, en consecuencia, se promueve la creación del "Programa Memoria Joven - Recordamos para el Futuro" en el ámbito de la Unidad Ejecutora Proyectos de Sitios de Memoria dependiente del Ministerio de Derechos Humanos y Sociales, con el fin de llevar a cabo labores vinculadas a la construcción de la memoria colectiva de la Ciudad de Buenos Aires en articulación con el Ministerio de Educación de la Ciudad de Buenos Aires;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha tomado la intervención de su competencia;
Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias (arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),

EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:

Artículo 1° - Créase el "Programa Memoria Joven - Recordamos para el Futuro", en el ámbito de la Unidad Ejecutora Proyectos de Sitios de Memoria dependiente del Ministerio de Derechos Humanos y Sociales, cuyo texto se aprueba y que como Anexo forma parte integrante del presente, con el fin de llevar a cabo acciones vinculadas a la construcción de la memoria colectiva en la Ciudad de Buenos Aires en cuanto a la vulneración de los derechos humanos durante la época del terrorismo de Estado.
Artículo 2° - Facúltase al/la titular del Ministerio de Derechos Humanos y Sociales a dictar las normas reglamentarias necesarias para la implementación del Programa creado en el artículo precedente.
Artículo 3° - Establécese que la Unidad Ejecutora Proyectos de Sitios de Memoria es el organismo responsable de la implementación, ejecución, evaluación, monitoreo y seguimiento de los proyectos y acciones del Programa en acciones conjuntas con las áreas responsables del Ministerio de Educación.
Artículo 4° - El gasto que demande la implementación del presente decreto, es imputado a las partidas presupuestarias del ejercicio correspondiente.
Artículo 5° - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Derechos Humanos y Sociales, por la señora Ministra de Educación y por el señor Ministro de Hacienda.
Artículo 6° - Dese el Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, pase a los Ministerios de Hacienda, de Educación y de Derechos Humanos y Sociales, y a la Unidad Ejecutora Proyectos de Sitios de Memoria. Cumplido, archívese. TELERMAN - Abboud - Clement - Beros

                                                       ANEXO

 

PROGRAMA MEMORIA JOVEN ‑ RECORDAMOS PARA EL FUTURO

 

DE LOS OBJETIVOS:

 

Promover en los/as jóvenes la valoración crítica del pasado reciente, signado por la experiencia del terrorismo de Estado, a través de su incorporación al proceso de construcción de la memoria colectiva y de indagación histórica

 

Generar espacios de encuentro donde elaborar colectivamente las experiencias entre las nuevas generaciones y las anteriores.    pasadas y promover las anteriores.

 

Promover en las organizaciones sociales y distintos ámbitos de pertenencia juvenil el abordaje crítico del pasado dictatorial.

 

Aportar a la construcción y transmisión de la memoria colectiva de la Ciudad de Buenos Aires.

 

Potenciar los Sitios de Memoria de la Ciudad de Buenos Aires como lugares de investigación, análisis y de elaboración de nuevos sentidos sobre el pasado dictatorial para las nuevas generaciones.

 

 

Lograr que los/as jóvenes incluidos/as en el programa pasen de ser simples receptoresl/as de relatos y valoraciones sobre el pasado, a ser constructores/as de conocimiento y significados propios.

 

DE LOS DESTINATARIOS/AS

 

Jóvenes alumnos/as de escuelas secundarias de la Ciudad de Buenos Aires, miembros de Centros de Estudiantes, de organizaciones sociales, culturales y de derechos humanos que cuentan con jóvenes entre sus miembros.

 

DEL FUNCIONAMIENTO DEL PROGRAMA

 

El programa consiste en acompañar a los grupos de jóvenes en la realización de un proyecto de investigación sobre el pasado reciente de la Ciudad de Buenos Aires, así como en la producción de un relato de los resultados alcanzados, eligiendo entre diferentes soportes: monografía, libro, documental, producciones gráficas, ediciones multimedia, murales, teatro, propuesta escénica.

 

Las fases del proyecto de investigación son:

 

1) Investigación

 

Identificar y reconstruir los acontecimientos más significativos ‑ en torno al eje autoritarismo y democracia ‑ que marcaron la historia de las comunidades donde está inserta la escuela u organización social.

 

2) Archivo

 

Recopilar, ordenar y preservar los documentos y testimonios que permitieron dar cuenta del pasado.

 

3) Producción

 

Construir un relato sobre el pasado investigado, en los soportes mencionados precedentemente.

 

4) Transmisión

 Generar instancias de difusión de los trabajos.

 

DE LA TEMATICA DE INVESTIGACION:

 

La investigación deberá remitir a una historia próxima al grupo, sucedida en el barreo, la escuela, o que involucre a miembros u organizaciones de su barrio, en relación a nuestro pasado reciente. Algunos ejes temáticos orientadores serán:

 

‑ Biografía de desaparecidos de su barrio

 

‑ Reconstrucción de episodios locales de represión, resistencia y militancia. ‑Reconstrucción de la vida cotidiana durante la dictadura.

 

‑ Trasformaciones sociales y económicas que provocó la dictadura en la ciudad.

 

‑ Guerra de Malvinas.

 

‑ Relación entre los ex centros clandestinos de detención y el barrio.

 

‑ Movimientos de Derechos Humanos: la lucha por la verdad, la memoria y la justicia.

 

‑ Formas de exclusión social, discriminación y xenofobia del pasado y del presente.

 

DE LAS MODALIDADES DE LA INVESTIGACIÓN:

 

1.‑ Proyecto de investigación institucional dentro del espacio escolar. El proyecto deberá estar enmarcado en el proyecto pedagógico del establecimiento escolar, siendo coordinado por los docentes del mismo.

La sede de funcionamiento será la misma escuela.

 

2.‑ Proyecto institucional dentro de una organización de la sociedad civil que cuente con jóvenes entre‑sus miembros. El proyecto deberá estar radicado en una organización juvenil, social o cultural que, aún sin contar con personería jurídica, pueda dar cuenta de ciertos antecedentes que le otorguen capac¡dad de gestión del mismo y sustentabilidad. La coordinación de los mismos estará a cargo de un responsable de la organización o de un miembro del equipo del Programa Memoria Joven. Donde sea pertinente funcionarán en los Sitios de Memoria de la Ciudad de Buenos Aires.

 

DE LOS CRITERIOS DE SELECCIÓN:

 

El Equipo Evaluador conformado por los/as miembros de la Unidad Ejecutora Proyectos de Sitios de Memoria, tendrá en cuenta para la selección:

 

‑      Priorizar aquellos proyectos de investigación que sean originales en su temática y su forma de abordaje.

 

‑      Priorizar aquellos proyectos de investigación en los que se compruebe la factibilidad y la , coherencia entre los objetivos iniciales del proyecto y las fases de proceso de investigación.

 

‑       Garantizar que los proyectos seleccionados cubran la diversidad de los barrios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

DE LOS PROYECTOS SELECCIONADOS:

 

A los proyectos seleccionados la Unidad Ejecutora Proyectos de Sitios de Memoria brindará:

 

1.           Capacitación específica para docentes en las siguientes temáticas:

 

- Historia reciente

 

- Educación y Memoria

 

- Cine y Memoria. Medios de comunicación y memoria. Arte y memoria.

 

- Introducción a la investigación histórica. Historia oral.

 

2.       Capacitación especifica para los jóvenes integrantes de los equipos de investigación en relación a su producción final, en las siguientes temáticas: lenguaje audiovisual, lenguaje radiofónico, producción y edición de textos, diseño de bocetos y realización de murales, producción de¡ instalaciones y marcas de memoria, muestras fotográficas, teatro comunitario, multimedia, entre otros.

 

3 . Insumos, a saber:

 

a)          Para la etapa de capacitación, la Unidad Ejecutora entregará a las escuelas y organizaciones sociales material bibliográfico, documentos y vídeos adecuados de apoyo para los proyectos.

 

b)          Para la etapa de producción, la Unidad Ejecutora proporcionará aquellos insumos indispensables para la realización del producto final, los cuales serán acordados con cadi, uno de los equipos de trabajo luego de la aprobación del proyecto.

 

4.    Espacios de encuentro e intercambio. Durante el período de investigación se organizarán talleres zonales donde confluirán distintos equipos de trabajo de las distintas escuelas y organizaciones participantes, en los cuales se debatirán y compartirán las distintas experiencias en desarrollo.

 

Asimismo, los trabajos realizados serán presentados en un encuentro a realizarse a fin de año en la Ciudad de Buenos Aire en el cual confluirán todos los grupos participantes.

 




 

www.ciudadyderechos.org.ar