DECLARACIONES OFICIALES
Ley 27410
Concientización sobre la Violencia de Género.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley:
ARTÍCULO 1°.- Institúyase el mes de noviembre de cada año como Mes Nacional de Concientización sobre la Violencia de Género.
ARTÍCULO 2°.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo anterior, en el mes de noviembre de cada año, y en concordancia con el artículo 11 de la ley 26.485 "Ley de Protección Integral de las Mujeres"; el Estado nacional, en los tres Poderes que lo integran, sus Organismos Centralizados y Descentralizados o Autárquicos, desarrollarán diversas actividades públicas de educación y concientización, orientadas a la prevención de la Violencia de Género.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL 08 NOV 2017
— REGISTRADO BAJO EL N° 27410 —
MARTA G. MICHETTI. — EMILIO MONZO. — Eugenio Inchausti. — Juan P. Tunessi.