Domingo 24 de noviembre de 2024   
Contenidos
Derechos
Acceso a la Justicia
Boletín Oficial
Leyes CABA
Decretos CABA
Resoluciones CABA
Normas Fundamentales
Códigos
Compilaciones
Convenios
Presupuesto y Finanzas
Institucional y Político
Planeamiento Urbano
Jurisprudencia
Porteño de Ley
Noticias de la Ciudad
Contáctenos
 
Sitios Relacionados

 
   
 
   
 
 
   
 
 
   
 
 
   

Herramientas
Reducir Tipografía
Aumentar Tipografía
Imprimir
Enviar a:

Temas Relacionados
Jurisprudencia

Otros Temas
Asistencia
Mediación
Códigos



Inicio - Derechos - Participación e Información - Medios de comunicación (PeI)
 
Participación e Información
Medios de comunicación (PeI)

LEY N° 2996

 Publicada en el BOCBA N° 3103 del 26/01/2009


ESTABLECE LA TELEVISACIÓN EN VIVO Y SIN CORTES COMERCIALES DE LAS SESIONES DE LA LEGISLATURA - DETERMINA RESPONSABLE DE LA TRANSMISIÓN - CIUDAD ABIERTA

          

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Las sesiones ordinarias, extraordinarias y especiales de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deben ser televisadas en vivo y emitidas sin cortes comerciales ni de otro tipo.

(Conforme texto Art. 1º de la Ley Nº 3.598, BOCBA N° 3557 del 03/12/2010)

Artículo 2º.- El organismo Fuera de Nivel Señal de Cable "Ciudad Abierta", o señal que le sucediese en el futuro, es el responsable de la transmisión.

Artículo 3º.- La erogación que implique la presente Ley será imputada al Presupuesto de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 4º.- Comuníquese, etc.

DIEGO SANTILLI

CARLOS PÉREZ





 

www.ciudadyderechos.org.ar