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Inicio - Derechos - Salud - Prevención (Salud)
 
Salud
Prevención (Salud)

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 12 de noviembre de 2020

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

 

Artículo 1°.- Institúyese el 15 de junio de cada año como el "Día de Concientización Contra el Dengue" en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 2°.- El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires debe organizar campañas anuales de concientización y difusión sobre la temática orientadas a la totalidad de la ciudadanía con motivo del Día de Concientización Contra el Dengue.

Artículo 3°.- En las campañas contempladas en el artículo 2° de la presente se deben desarrollar los siguientes ejes en relación al dengue:

i) Mecanismos de prevención de la enfermedad;
ii) Formas de transmisión;
iii) Refutación científica de creencias comunes erróneas;
iv) Análisis de experiencias epidemiológicas previas en nuestro país;
v) Sintomatología que se presenta con la misma;

Artículo 5°.- Comuníquese, etc.

 

 

AGUSTÍN FORCHIERI

PABLO SCHILLAGI

LEY N° 6345

Sanción: 12/11/2020

Promulgación: Decreto Nº 424 del 01/12/2020

Publicación: BOCBA N° 6012 del 04/12/2020




 

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