Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 12 de noviembre de 2020
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.- Institúyese el 15 de junio de cada año como el "Día de Concientización Contra el Dengue" en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2°.- El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires debe organizar campañas anuales de concientización y difusión sobre la temática orientadas a la totalidad de la ciudadanía con motivo del Día de Concientización Contra el Dengue.
Artículo 3°.- En las campañas contempladas en el artículo 2° de la presente se deben desarrollar los siguientes ejes en relación al dengue:
i) Mecanismos de prevención de la enfermedad;
ii) Formas de transmisión;
iii) Refutación científica de creencias comunes erróneas;
iv) Análisis de experiencias epidemiológicas previas en nuestro país;
v) Sintomatología que se presenta con la misma;
Artículo 5°.- Comuníquese, etc.
AGUSTÍN FORCHIERI
PABLO SCHILLAGI
LEY N° 6345
Sanción: 12/11/2020
Promulgación: Decreto Nº 424 del 01/12/2020
Publicación: BOCBA N° 6012 del 04/12/2020