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Inicio - Derechos - Salud - Personal (Salud)
 
Salud
Personal (Salud)

Buenos Aires, 13 de noviembre de 2014

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

 

Artículo 1º.- Incorpórase, a partir de los diez días de la publicación de la presente como agentes de planta permanente a los pasantes de la Dirección de Educación Especial que al 1° de abril de 2014 vienen desarrollando tareas en diversas dependencias en el ámbito del Poder Ejecutivo y cuya nómina forma parte de la presente como Anexo I.

Artículo 2°.- El gasto que demande la implementación de la presente Ley será imputado a la partida presupuestaria correspondiente del Presupuesto General de Gastos y Recursos del Ejercicio Financiero del Año 2014.

Artículo 3°.- Comuníquese, etc.

CRISTIAN RITONDO

CARLOS PÉREZ

LEY N° 5.138

Sanción: 13/11/2014

Promulgación: De Hecho del 11/12/2014

Publicación: BOCBA N° 4552 del 06/01/2015




 

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