Buenos Aires, 15 de octubre de 2015
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Prorrógase por cinco (5) años el programa de Profesionalización de Auxiliares de Enfermería, instituido por la ley 1199/2003 y en cumplimiento de la ley No 298 del Ejercicio de la Enfermería.
Artículo 2°.- A todos los efectos, la presente prorroga mantiene vigentes el art. 2°, 3° y el 4° de la Ley 1199.
Artículo 3°.- La Dirección de Capacitación de Enfermería, dependiente del Ministerio de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, elevará un registro actualizado y consensuado, por hospital, del personal que revista en esas condiciones a la fecha de la publicación de la presente Ley.
Artículo 4°.- Las oficinas de recursos humanos hospitalarios y las jefaturas de enfermería deberán notificar al personal quienes deben realizar la profesionalización en servicio adecuando un plan para su efectivo cumplimiento en cada hospital.
Artículo 5°.- Comuníquese, etc.
CRISTIAN RITONDO
CARLOS PÉREZ
LEY N° 5.385
Sanción: 15/10/2015
Promulgación: De Hecho del 10/11/2015
Publicación: BOCBA N° 4780 del 11/12/2015