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Salud
Personal (Salud)

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 22 de agosto de 2024

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

 

Artículo 1º.- Se instituye en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 4 de octubre de cada año como el “Día del Voluntariado Hospitalario”.

Artículo 2°.- Se faculta al Poder Ejecutivo a desarrollar actividades para reconocer, fomentar y motivar el voluntariado en instituciones de salud pública y privada.

Artículo 3°.- Esta Ley entrará en vigencia el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Artículo 4°.- Comuníquese, etc.

CLARA MUZZIO

PABLO SCHILLAGI

LEY N° 6741

Sanción: 22/08/2024

Promulgación: De Hecho del 11/09/2024

Publicación: BOCBA N° 6963 del 23/09/2024




 

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