Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 07 de diciembre de 2017
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Acéptase el legado testamentario con cargo otorgado por la señora Heder
Kelly MARTINA, cuyo juicio sucesorio tramita en los autos caratulados “MARTINA
HEDER KELLY S/SUCESION TESTAMENTARIA” (Expediente N° 72.558/2015), ante
el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 95, Secretaría Única de esta
Ciudad, a favor del Hospital General de Niños “Dr. Ricardo Gutiérrez”, del Hospital
General de Niños “Dr. Pedro de Elizalde” y del Hospital Municipal de Oncología “Marie
Curie”. El producto de la venta de los inmuebles integrantes del acervo hereditario se
distribuirá en partes iguales entre todos los legatarios mencionados en el testamento
otorgado por la causante Heder Kelly MARTINA.
Artículo 2°.- El legado a favor de los Hospitales indicados en el Artículo 1° de la presente
ley, es con cargo de que el dinero legado sea utilizado para adquirir equipos médicos
esenciales para la realización de estudios médicos.
Artículo 3°.- Comuníquese, etc.
DIEGO SANTILLI
CARLOS PÉREZ
LEY N° 5922
Sanción: 07/12/2017
Promulgación: De Hecho del 08/01/2018
Publicación: BOCBA N° 5292 del 11/01/2018