Domingo 24 de noviembre de 2024   
Contenidos
Derechos
Acceso a la Justicia
Boletín Oficial
Leyes CABA
Decretos CABA
Resoluciones CABA
Normas Fundamentales
Códigos
Compilaciones
Convenios
Presupuesto y Finanzas
Institucional y Político
Planeamiento Urbano
Jurisprudencia
Porteño de Ley
Noticias de la Ciudad
Contáctenos
 
Sitios Relacionados

 
   
 
   
 
 
   
 
 
   
 
 
   

Herramientas
Reducir Tipografía
Aumentar Tipografía
Imprimir
Enviar a:

Temas Relacionados
Servicios de Salud
Jurisprudencia

Otros Temas
Asistencia
Mediación
Códigos



Inicio - Derechos - Salud - Hospitales
 
Salud
Hospitales

Artículo 1º.- Se acepta la institución de heredero y legatario con cargo a favor del Hospital General de Niños "Dr. Ricardo Gutiérrez", otorgado por la señora Serafina Quatrocchi, por testamento por acto público de fecha 24 de mayo de 2006, mediante Escritura Pública pasada al folio 229, del Registro Notarial número 1135 de esta Ciudad, a cargo del escribano Horacio E.D. Gigli, y cuyo juicio sucesorio tramita en los autos caratulados "QUATROCCHI, SERAFINA S/SUCESIÓN TESTAMENTARIA" Expediente Nº 7.180/2016, ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 17, Secretaría 33 de esta Ciudad.  Art. 2º.- El legado y la institución como único y universal heredero, a favor del Hospital indicado en el artículo 1º de la presente Ley, es con el cargo de que el producido de la venta de sus bienes después de su fallecimiento sea utilizado exclusivamente para la compra de instrumental, aparatos o mobiliario justificadamente necesarios para dicho nosocomio.  Art. 3º.- Comuníquese, etc. Ferrario - Schillagi DECRETO N.° 202/23 Buenos Aires, 6 de julio de 2023 En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley Nº 6653 (EX-2023-23950592- GCABA-DGALE), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 15 de junio de 2023. El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos, comuníquese al Ministerio de Salud. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - González Bernaldo de Quirós - Mura - Miguel


 

www.ciudadyderechos.org.ar