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Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 07 de diciembre de 2017

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

 

Artículo 1º.- Acéptase el legado testamentario con cargo otorgado por la señora Heder Kelly MARTINA, cuyo juicio sucesorio tramita en los autos caratulados “MARTINA HEDER KELLY S/SUCESION TESTAMENTARIA” (Expediente N° 72.558/2015), ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 95, Secretaría Única de esta Ciudad, a favor del Hospital General de Niños “Dr. Ricardo Gutiérrez”, del Hospital General de Niños “Dr. Pedro de Elizalde” y del Hospital Municipal de Oncología “Marie Curie”. El producto de la venta de los inmuebles integrantes del acervo hereditario se distribuirá en partes iguales entre todos los legatarios mencionados en el testamento otorgado por la causante Heder Kelly MARTINA.

Artículo 2°.- El legado a favor de los Hospitales indicados en el Artículo 1° de la presente ley, es con cargo de que el dinero legado sea utilizado para adquirir equipos médicos esenciales para la realización de estudios médicos.

Artículo 3°.- Comuníquese, etc.

DIEGO SANTILLI

CARLOS PÉREZ

LEY N° 5922

Sanción: 07/12/2017

Promulgación: De Hecho del 08/01/2018

Publicación: BOCBA N° 5292 del 11/01/2018




 

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