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Salud
Derechos en salud

Buenos Aires, 27 de marzo de 2014

 



La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires



sanciona con fuerza de 



Ley 

Artículo 1º.- Establécese el día 1 de abril como el DÍA DEL DONANTE DE MÉDULA

ÓSEA  (adhesión a la celebración del aniversario de la puesta en funcionamiento del

Registro Nacional de Donantes de Células Progenitoras Hematopoyéticas creado por

la Ley 25.392 y que funciona bajo la órbita del Incucai).

Artículo 2º.-  Establécese la última semana de marzo de cada año como: SEMANA DE

INFORMACIÓN, DIVULGACIÓN Y CONCIENTIZACION SOBRE LA DONACIÓN

VOLUNTARIA DE MÉDULA ÓSEA.

Artículo 3°.- El Poder Ejecutivo de la Ciudad arbitra los medios a su alcance para que cada año, en dicha fecha la autoridad sanitaria y todos los efectores del sistema de salud de la CABA brinden  información, divulguen y concienticen a la ciudadanía acerca de la importancia de ampliar, en forma permanente, el registro de donantes voluntarios de médula ósea.



Artículo 4°.- Comuníquese.etc.

   

Ritondo - Pérez

Resolución 1995

Sanción: 27/03/2014

Promulgado por Decreto 153 del 23/04/2014

Publicado en BOCBA 4353 del 07/03/2014









  







 









  







 




 

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