Buenos Aires, 12 de mayo de 2016
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Denomínase "Las Caracolas" a la calle sin nombre oficial, ubicada dentro del Barrio Rivadavia I, que se inicia en la Avenida Corea al 1900, cuyo trazado y extensión se detalla en el Anexo que forma parte de la presente Ley.
Artículo 2°.- Comuníquese, etc.
CARMEN POLLEDO
CARLOS PÉREZ
LEY N° 5.536
Sanción: 12/05/2016
Promulgación: Decreto Nº 349 del 06/06/2016
Publicación: BOCBA N° 4900 del 09/06/2016
El Anexo de la presente Ley fue publicado en la Separata del BOCBA N° 4900 del 09/06/2016.