Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 23 de junio de 2016
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Exclúyense de la Red de Tránsito Pesado de la Ciudad de Buenos Aires a los siguientes tramos de arterias:
-OBLIGADO, RAFAEL, Av Costanera, entre Calle 12 y La Pampa.
-ILLIA, ARTURO H ,DR. ,PRESIDENTE, Autopista, entre Av. Leopoldo Lugones y Calle 12.
-LA PAMPA, entre Av.Costanera Rafael Obligado y Av. Intendente Cantilo.
Artículo 2°.- Incorpóranse a la Red de Tránsito Pesado de la Ciudad de Buenos Aires a los siguientes tramos de arterias
-OBLIGADO, RAFAEL, Av. Costanera, entre Calle 12 y Av. Sarmiento.
-ILLIA, ARTURO H., DR., PRESIDENTE, Autopista , entre Av. Leopoldo Lugones y Calle 12, sentido al Sur,
- ILLIA, ARTURO H., DR., PRESIDENTE, Autopista, desde el acceso
En la intersección de la Av. Costanera Rafael Obligado con Av. Presidente Ramón S. Castillo hasta Av, Intendente Cantilo, sentido al Norte.
-CALLE 13, entre Calle 12 y Av. Costanera Rafael Obligado.
Artículo 3°.- Comuniquese, etc.
CARMEN POLLEDO
CARLOS PÉREZ
LEY N° 5571
Sanción: 2306/2016
Promulgación: Decreto Nº 406 del 22/07/2016
Publicación: BOCBA N° 4931 del 27/07/2016