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Inicio - Derechos - Tránsito y Transporte - Subterráneos (TyT)
 
Tránsito y Transporte
Subterráneos (TyT)

                                             Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 7 de septiembre de 2023 
Artículo 1º.- Se denomina "Callao - Raquel Liberman" a la actual Estación "Callao" de la Línea "D" de Subterráneos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.  Art. 2°.- El Poder Ejecutivo dispondrá en la citada Estación de Subterráneo, la colocación de cartelería destinada a la concientización sobre la trata de personas. Cláusula Transitoria I: el Poder Ejecutivo tiene la obligación de verificar y concretar los cambios de señalética y la colocación de la cartelería destinada a la concientización sobre la trata de personas una vez cumplido el plazo propuesto por la correspondiente Cláusula Transitoria sancionada por la Ley 6610 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.  Art. 3°.- Comuníquese, etc. Ferrario - Schillagi  DECRETO N.° 270/23 Buenos Aires, 28 de septiembre de 2023 En uso de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley Nº 6659 (EX-2023-34764000-GCABADGALE), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 7 de septiembre de 2023. El presente decreto es refrendado por el Señor Ministro de Cultura y el Señor Jefe de Gabinete de Ministros. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos, comuníquese al Ministerio de Cultura. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Avogadro - Miguel


 

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