Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 26 de noviembre de 2015
Artículo 1°.- Asígnase sentido único de circulación, de Av. Escalada a Av. Olivera, a la calle Daguerre.
Art. 2°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez Nº 4796 - 08/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 15 En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, certifico que la Ley Nº 5.436 (E.E. Nº 37.704.479-MGEYA-DGALE2015), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 26 de noviembre de 2015, ha quedado automáticamente promulgada el día 23 de diciembre de 2015. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, Cumplido, archívese. Montiel