Buenos Aires, 01 de diciembre de 2016
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
CONDONACIÓN DE IMPUESTO INMOBILIARIO
Artículo 1º.- Condonase la deuda que registra la Universidad de Buenos Aires con el
Gobierno de la Ciudad en concepto de Impuesto Inmobiliario devengado durante el
año 2013 por los inmuebles de su propiedad, así como los accesorios devengados
hasta la entrada en vigencia de la presente Ley.
Artículo 2°.- Condonase la deuda que registra la Universidad de Buenos Aires con el
gobierno de la Ciudad en concepto de accesorios devengados hasta la entrada en
vigencia de la presente Ley, originados en la Tasa Retributiva de Servicios devengada
durante el ejercicio fiscal 2013.
Artículo 3°.- Comuníquese, etc.
CARMEN POLLEDO
CARLOS PÉREZ
LEY N° 5.729
Sanción: 01/12/2016
Promulgación: Decreto Nº 671 del 27/12/2016
Publicación: BOCBA N° 5038 del 02/01/2017