Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 02 de noviembre de 2017
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Homológanse las
condonaciones de deudas por Patentes sobre Vehículos en General.
Gravámenes Inmobiliarios y por el impuesto sobre los Ingresos Brutos
otorgadas por el Poder Ejecutivo en virtud de lo dispuesto en el
artículo 140 del Código Fiscal (to. 2017), mediante las Resoluciones
que se consignan en el Anexo que forma parte integrante de la presente.
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.
CARMEN POLLEDO
CARLOS PÉREZ
LEY N° 5880
Sanción: 02/11/2017
Promulgación: Decreto Nº 424 del 22/11/2017
Publicación: BOCBA N° 5262 del 27/11/2017