Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 14 de setiembre de 2017
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Condónase la deuda que la Asociación Argentina Hanmaum Seon Center del Budismo Coreano mantiene con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en concepto de Impuesto Inmobiliario y Tasa Retributiva de los Servicios de ABL, Mantenimiento y Conservación de Sumideros correspondiente al inmueble ubicado en la calle Miró 1575, Partida N° 0047949.
Artículo 2°.- La existencia de eventuales pagos imputados a la cancelación de la deuda condonada no da lugar a reclamos, reintegros o repeticiones de suma alguna abonada.
Artículo 3°.- Si existiera a la fecha reclamo judicial por la deuda, el beneficiario de la presente se hará cargo de las costas y costos por el juicio iniciado.
Artículo 4°.- Comuníquese, etc.
DIEGO SANTILLI
CARLOS PÉREZ
LEY N° 5863
Sanción: 14/09/2017
Promulgación: Decreto Nº 364 del 05/10/2017
Publicación: BOCBA N° 5230 del 10/10/2017