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Inicio - Derechos - Tributario y Fiscal - Condonación de deudas
 
Tributario y Fiscal
Condonación de deudas

 

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 07 de diciembre de 2017

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º.- Homológase la condonación de deudas por Gravámenes Inmobiliarios otorgada por el Poder Ejecutivo en virtud de lo dispuesto en el artículo 140 del Código Fiscal (to. 2017), mediante la Resolución que se consignan en el Anexo que forma parte integrante de la presente.

ANEXO I

ACTUACIÓN TITULAR TRIBUTO NÚMERO RESOLUCIÓN N° IMPORTE
EE 7865.761-MGEYA-DGR/17 Flavia Virginia
Alvarez
DNI
25.998.238
Gravámenes
Inmobiliarios
0000-
1195047-
08
2033/MHGC/2017 10.586,36

Artículo 2°.- Comuníquese, etc.

DIEGO SANTILLI

CARLOS PÉREZ

LEY N° 5923

Sanción: 07/12/2017

Promulgación: Decreto Nº 493 del 28/12/2017

Publicación: BOCBA N° 5287 del 04/01/2018




 

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