Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, 09 de diciembre de 2021
La Legislatura de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de
Ley
Artículo 1°.- Condónase a la
Cooperativa de Vivienda San Salvador Ltda., Matricula N° 55319, Resolución N°
3637, Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) del pago
del Impuesto Inmobiliario y la Tasa Retributiva de Servicios de Alumbrado,
Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros que recae sobre
la propiedad ubicada en la calle México 967 Circunscripción 13, Sección 12
Manzana 072, Parcela 019, Partida Nº 216450.
Artículo 2°.- Exímase a la
Cooperativa de Vivienda San Salvador Ltda., Matricula N° 55319, Resolución N°
3637, Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) del pago
del Impuesto Inmobiliario y la Tasa Retributiva de Servicios de Alumbrado,
Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros a la propiedad ubicada
en la calle México 967 Circunscripción 13, Sección 12, Manzana 072, Parcela
019, Partida Nº 216450.
Artículo 3°.- La eximición
regirá hasta la restitución del predio por cumplimiento del plazo establecido o
por incumplimiento de la beneficiaria de las obligaciones establecidas en la
Ley 6405.
Artículo 4°.- Comuníquese,
etc.
AGUSTÍN FORCHIERI
PABLO SCHILLAGI
LEY N° 6481
Sanción: 09/12/2021
Promulgación: De Hecho del 07/01/2022
Publicación: BOCBA N° 6295 del 12/01/2022