Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, 09 de diciembre de 2021
La Legislatura de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de
Ley
Artículo 1°.- Condónase la
deuda en concepto de contribuciones por Impuesto Inmobiliario, Alumbrado,
Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros y Ley 23.514, que
mantiene con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el Sr. Indij,
Héctor Armando, por el inmueble sito en la calle Av. Rivadavia N° 4658 5 “A”,
Caballito, CABA, Partida N° 1235127 DV 07.
Artículo 2°.- La existencia
de eventuales pagos imputados a la cancelación de la deuda condonada no da
lugar a reclamos, reintegros o repeticiones de suma alguna abonada.
Artículo 3°.- Si
correspondiera, los beneficiarios se harán cargo de las costas y costos por
reclamos judiciales iniciados.
Artículo 4°.- Comuníquese,
etc.
AGUSTÍN FORCHIERI
PABLO SCHILLAGI
LEY N° 6480
Sanción: 09/12/2021
Promulgación: De Hecho del 07/01/2022
Publicación: BOCBA N° 6295 del 12/01/2022