Condonaciones de deudas por Gravámenes Inmobiliarios, Patentes sobre Vehículos en General e Impuestos a los Ingresos Brutos.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 28 de mayo de 2020
Artículo 1º.- Homológanse las condonaciones de deudas por Gravámenes
Inmobiliarios, por Patentes sobre Vehículos en General y por el Impuesto a los
Ingresos Brutos, otorgadas por el Poder Ejecutivo, en virtud de lo dispuesto en el
artículo 143 del Código Fiscal (Texto Ordenado 2019), modificado por las Leyes Nros.
6183, 6279 y 6298, mediante las Resoluciones que se consignan en el Anexo que
forma parte integrante de la presente Ley.
Art. 2°.- Comuníquese, etc. Forchieri - Pérez
DECRETO N.° 234/20
Buenos Aires, 9 de junio de 2020
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley Nº 6303 (EE Nº
14.458.859/GCABA-DGALE/2020), sancionada por la Legislatura de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires con fecha 28 de mayo de 2020.
El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y Finanzas, y por
el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; gírese copia a la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección
General de Asuntos Legislativos, comuníquese al Ministerio de Hacienda y Finanzas.