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Inicio - Derechos - Tributario y Fiscal - Fiscal (TyF)
 
Tributario y Fiscal
Fiscal (TyF)



Buenos Aires, 08 de abril de 2015

VISTO:

las Leyes N° 5.196 y N° 5.237, el artículo 129 del Código Fiscal (T.O. 2014 -Decreto N°
253/14) y el Expediente Electrónico N° 3.519.452-MGEYA-DGANFA-2015

CONSIDERANDO:

Que las leyes referidas en el Visto introdujeron modificaciones al Código Fiscal
vigente

Que el artículo 129 del precitado Cuerpo Legal, faculta al Poder Ejecutivo a
confeccionar el texto ordenado del Código Fiscal y a actualizar las remisiones que al
mismo hace la Ley Tarifaria

Que por lo expuesto y en virtud de razones de claridad y certeza en la aplicación de la
citada norma y una mejor técnica legislativa, se procede a confeccionar el texto
ordenado mencionado a efectos de evitar una dispersión normativa

Que de esta manera se verá facilitada la gestión de los contribuyentes y de la misma
Administración

Por ello, en uso de las facultades que le son propias, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Apruébase el texto ordenado del Código Fiscal, su cuadro de correlación
de artículos y su índice, los que se acompañan como Anexos I (IF-2015-04280978-MHGC), II (IF-2015-04281073-MHGC) y III (IF-2015-04281170-MHGC) respectivamente, y que a todos los efectos forman parte integrante del presente


Artículo 2°.- Las remisiones hechas al Código Fiscal en la Ley Tarifaria para el año 2015, deberán ser convertidas en la forma que se indica en el Anexo IV (IF-2015-04281226-MHGC), el que a todos los efectos forma parte integrante del presente Decreto.

Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y por
el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Administración Gubernamental de Ingresos
Públicos.
Macri - Grindetti - Rodríguez Larreta


 

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