Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 15 de junio de 2023
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Se incorpora como inciso 35 al artículo 296 del Código Fiscal vigente para el año 2023 (Texto Ordenado Decreto 70/23), el siguiente:
35.- Los ingresos obtenidos por la explotación de puestos de venta flores en la vía pública, regulados por la Ley 6269.
Artículo 2°.- Comuníquese, etc.
EMMANUEL FERRARIO
PABLO SCHILLAGI
LEY N° 6649
Sanción: 15/06/2023
Promulgación: Decreto Nº 189/023 del 28/06/2023
Publicación: BOCBA N° 6651 del 30/06/2023