DECRETO Nº 269/10
Buenos Aires, 07 de abril de 2010
VISTO: el artículo 113 del Código Fiscal vigente (T.O. 2008- Decreto N° 651/08 Separata B.O.C.B.A. N° 2.952), el artículo 2° de la Ley N° 3.393 y el Expediente N° 220.439/2010, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 113 del Código Fiscal vigente faculta al Poder Ejecutivo a confeccionar el texto ordenado del Código Fiscal y a actualizar las remisiones que al mismo hace la Ley Tarifaria;
Que por el artículo 2° de la Ley N° 3.393 se dispone que el Poder Ejecutivo procederá a realizar el texto ordenado del Código Fiscal dentro de los noventa días de iniciado el período fiscal 2010;
Que por lo expuesto y en virtud de razones de técnica legislativa se procede a confeccionar el texto ordenado mencionado, a efectos de evitar una dispersión normativa;
Que de esta manera se verá facilitada la gestión de los contribuyentes y de la misma Administración.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1°.- Apruébase el texto ordenado del Código Fiscal y su cuadro de correlación de artículos, los que se acompañan como Anexos I y II respectivamente, y que a todos los efectos forman parte integrante del presente decreto.
Artículo 2°.- Las remisiones hechas al Código Fiscal en la Ley Tarifaria para el año 2010, deberán ser convertidas en la forma que se indica en el Anexo III, el que a todos los efectos forma parte integrante del presente decreto.
Artículo 3°.- El presente decreto es refrendado por el Señor Ministro de Hacienda y por el Señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 4°.- Dése al Registro; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. Cumplido, archívese.
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletín Oficial N° 3398 del 13/04/2010.