DECRETO Nº 211/11
Publicado en el BOCBA 3653 del 29/04/2011
Buenos Aires, 25 de abril de 2011
VISTO:
Las Leyes Nros. 3.402, 3.502, 3.750 y 3.752, el artículo 115 del Código Fiscal (T.O. 2010) y el Expte. N° 310.372/11, y
CONSIDERANDO:
Que las Leyes Nros. 3.402, 3.502, 3.750 y 3.752 introdujeron modificaciones al Código Fiscal (T.O. 2010);
Que el artículo 115 del citado Cuerpo Legal faculta al Poder Ejecutivo a confeccionar el texto ordenado del Código Fiscal y a actualizar las remisiones que al mismo hace la Ley Tarifaria;
Que por lo expuesto y en virtud de razones de técnica legislativa se procede a confeccionar el texto ordenado mencionado, a efectos de evitar una dispersión normativa;
Que de esta manera se verá facilitada la gestión de los contribuyentes y de la misma Administración.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA
Artículo 1°- Apruébase el texto ordenado del Código Fiscal y su cuadro de correlación de artículos, los que se acompañan como Anexos I y II respectivamente, y que a todos los efectos forman parte integrante del presente decreto.
Artículo 2°- Las remisiones hechas al Código Fiscal en la Ley Tarifaria para el año 2011, deberán ser convertidas en la forma que se indica en el Anexo III, el que a todos los efectos forma parte integrante del presente decreto.
Artículo 3°- El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 4°- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. Cumplido, archívese. MACRI - Grindetti - Rodríguez Larreta
ANEXO
El anexo de la presente norma se encuentra publicado en la separata del BOCBA 3653 del 29/04/2011.