Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 09 de diciembre de 2021.-
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.- Apruébase el Código Fiscal, obrante en el Anexo I que a todos los efectos forma parte de la presente Ley.
Artículo 2°.- El Código referido en el artículo precedente tendrá vigencia a partir del día 1° de Enero de 2022.
Artículo 3°.- Comuníquese, etc.
AGUSTÍN FORCHIERI
PABLO SCHILLAGI
LEY N° 6505
Sanción: 09/12/2021
Promulgación: Decreto Nº 419/021 del 28/12/2021
Publicación: BOCBA N° 6285 del 29/12/2021
A continuación Anexo de la Presente Ley:
https://documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar/publico/PL-LEY-LCABA-LCBA-6505-21-ANX.pdf