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Inicio - Derechos - Turismo - Agentes de Viajes (Tur)
 
Turismo
Agentes de Viajes (Tur)

Secretaría de Turismo

TURISMO

Resolución 61/2008

Reglamento de Turismo Estudiantil. Certificado de Contratación. Norma complementaria.

Bs. As., 6/2/2008

VISTO el expediente Nº 96/08 del Registro de la Secretaría de Turismo de la Presidencia de la Nación, la Ley 25.997 y su Decreto Reglamentario Nº 1297/06, la Ley Nº 18.829, Decreto Reglamentario 2182/72, la Ley Nº 25.599 y sus modificatorias y complementaria; y la Resolución S.T. Nº 237/07 y

CONSIDERANDO:

Que mediante el dictado de la Resolución S.T. Nº 237/07 se ha aprobado el Reglamento que determina los requisitos para el otorgamiento del "Certificado Nacional de Autorización para Agencias de Turismo Estudiantil" para que las agencias de viajes debidamente habilitadas e inscriptas en el Registro de Agentes de Viajes de la Secretaria de Turismo de la Presidencia de la Nación, de conformidad con la Ley Nº 18.829.

Que la citada Resolución S.T. Nº 237/07 en su artículo 3º inciso a) establece que aquellas agencias que cuenten con el mencionado Certificado, para mantener su vigencia, deberán presentar una declaración jurada anual conforme al detalle del artículo 2º de la misma Resolución, con SESENTA (60) días corridos de anticipación a cada año calendario a contar desde su otorgamiento.

Que con el objeto de instrumentar los recaudos para la exigencia del cumplimiento de lo establecido por la normativa vigente y teniendo en cuenta que varios de los formularios y documentación que deben presentar podrían estar vigentes sin sufrir modificaciones en su contenido, es conveniente aprobar un nuevo formulario de declaración jurada en el cual los agentes de viajes ratifiquen la vigencia de las declaraciones juradas hechas anteriormente y demás documentación oportunamente presentada, cuyo contenido se encuentra vigente y no ha sufrido modificaciones.

Que la Subsecretaría de Turismo, la Dirección Nacional de Gestión de Calidad Turística, la Dirección de Registro y Fiscalización de Agentes de Viajes y la Dirección General de Legislación y Asuntos Jurídicos han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los Decretos Nº 1635/04, 16/07 y la Resolución S.T. Nº 195/05.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TURISMO DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION

RESUELVE:

Artículo 1º — Apruébase el FORMULARIO N-9 el que, como Anexo se integra a la presente e incorpórese al REGLAMENTO DE TURISMO ESTUDIANTIL aprobado por la Resolución S.T. Nº 237/ 07 a continuación del Certificado de Contratación (N-8).

Art. 2º — La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 3º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos E. Meyer.

FORMULARIO N-9

AGENCIA:

LEGAJO:

TITULAR:

Declaro bajo juramento que los datos correspondientes a la/s declaraciones juradas y el/os formulario/ s y documentación presentados ante la SECRETARIA DE TURISMO DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION que a continuación se detalla/n se encuentra/n plenamente vigente/s:

IDENTIFICACION DE DOCUMENTACION

FECHA DE PRESENTACION

El que suscribe en su carácter de ................................. afirma que los datos consignados en esta DECLARACION JURADA son correctos y completos y que ha sido confeccionado sin omitir ni falsear dato alguno que deba contener, siendo fiel expresión de la verdad.

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LUGAR Y FECHA

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FIRMA Y ACLARACION

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CERTIFICACION DE FIRMA

 




 

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