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Buenos Aires 17 de septiembre de 2009

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Denomínese "Plaza Chapatín" al espacio de uso público Distrito UP en los términos del Decreto Nº 1.243/ 95 MCBA, artículo 2º y que sirve a manera de plaza seca para los vecinos; hallándose ubicado en la Villa 1-11-14, sobre Avenida Riestra por la cual se accede a la misma y Rivera Indarte, en proximidades a su inserción con la Avenida Perito Moreno, con identificación interna en la citada Villa como Manzana 9 b y que se halla circundada por la casa Nº 343 y las viviendas que a su alrededor la enmarcan.-

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.

DIEGO SANTILLI

CARLOS PÉREZ

LEY N° 3.191

Sanción: 17/09/2009

Promulgación: De Hecho del 15/10/2009

Publicación: BOCBA N° 3293 del 04/11/2009




 

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