Viernes 22 de noviembre de 2024   
Contenidos
Derechos
Acceso a la Justicia
Boletín Oficial
Leyes CABA
Decretos CABA
Resoluciones CABA
Normas Fundamentales
Códigos
Compilaciones
Convenios
Presupuesto y Finanzas
Institucional y Político
Planeamiento Urbano
Jurisprudencia
Porteño de Ley
Noticias de la Ciudad
Contáctenos
 
Sitios Relacionados

 
   
 
   
 
 
   
 
 
   
 
 
   

Herramientas
Reducir Tipografía
Aumentar Tipografía
Imprimir
Enviar a:

Temas Relacionados
Servicios de Vivienda
Jurisprudencia

Otros Temas
Asistencia
Mediación
Códigos



Inicio - Derechos - Vivienda - Villas
 
Vivienda
Villas

LEY N° 1.868

Sanción: 01/12/2005

Promulgación: Decreto Nº 13/006 del 10/01/2006

Publicación: BOCBA N° 2362 del 19/01/2006

                                                  Buenos Aires, 01 de diciembre de 2005

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º.- Apruébase el Convenio Marco "Asentamiento Villa 21-24" Nº 45/03, celebrado el día 20 de agosto de 2003, entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y la Asociación Mutual Flor de Ceibo Villa 21.

Artículo 2º - Apruébase el Anexo Complementario Nº 46/03 y el Compromiso de Transferencia "Asentamiento Villa 21-24" Nº 47/03, suscriptos el día 20 de agosto de 2003, entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, la Comisión de Tierras Fiscales Nacionales "Programa Arraigo", el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Comisión Municipal de la Vivienda, y la Asociación Mutual Flor de Ceibo Villa 21.

Artículo 3º - Condónase la deuda, que bajo todo concepto, pueda haber a la fecha de la escrituración de las tierras mencionadas en los artículos precedentes.

(Conforme texto Art. 1º de la Ley Nº 3.352, BOCBA Nº 3358 del 09/02/2010)

Artículo 4º - Comuníquese, etc.

SANTIAGO DE ESTRADA

JUAN MANUEL ALEMANY

El Convenio Marco "Asentamiento Villa 21-24" se encuentra publicado en el BOCBA N° 2362 del 19/01/2006




 

www.ciudadyderechos.org.ar