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Buenos Aires 15 de mayo de 2008

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Prorrógase el plazo otorgado a la Mesa de Planeamiento Participativo creada por Ley N° 403 publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 984 del 14/7/00 prorrogada por Ley N° 1.250, publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1859 del 16/1/04, por Ley N° 1.639 publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº 2156 del 28/3/05 y por Ley N° 1811, publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº 2328 del 20/11/05, hasta el 31 de diciembre de 2009.

Artículo 2°.- Comuníquese, etc.

DIEGO SANTILLI

CARLOS PÉREZ

LEY N° 2.704

Sanción: 15/05/2008

Promulgación: De Hecho del 10/06/2008

Publicación: BOCBA N° 2954 del 19/06/2008




 

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