Buenos Aires, 20 de enero de 2014
VISTO:
LA LEY N° 2624, LA RESOLUCION N° 496/AGC/13, EL EXPEDIENTE ELECTRÓNICO N° 00523560-MGEYA-AGC-2014
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo previsto en su Ley de creación N° 2.624, la Agencia Gubernamental de Control (AGC), es una entidad autárquica con competencias de contralor, fiscalización y regulación en materia de poder de policía en comunión con lo dispuesto por el artículo 104, inciso 11 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Que con el dictado de la Resolución N° 496/AGC/13 se modificó la estructura de esta Agencia Gubernamental de Control (AGC) transfiriendo la Gerencia Operativa Mesa de Ayuda y Atención al Público de la Jefatura de Gabinete a la Dirección General Legal y Técnica
Que por la citada Resolución se adecuaron las misiones y funciones de la Gerencia
Operativa Mesa de Ayuda y Atención al Público y de la Gerencia Operativa de Mesa
de Entradas, a fin de garantizar la accesibilidad, transparencia, simplificación
administrativa y mejorar la calidad de la información y asesoramiento brindado a los
administrados
Que entre las misiones y funciones de la Gerencia Operativa de Mesa de Ayuda yAtención al Público se encuentran la de "Administrar y supervisar el correcto funcionamiento de la atención al público y garantizar la accesibilidad e información al administrado sobre el curso de las actuaciones administrativas en trámite por ante la Agencia..." como así también "Proponer nuevos procedimientos a los efectos de optimizar la atención al administrado...
Que la concurrencia de público en forma espontánea y masiva a la AGC para larealización de numerosos trámites, en especial en lo que respecta a Inicio de
Solicitudes de Habilitaciones, vistas de expedientes de habilitaciones observadas,retiro de planchetas de habilitaciones aprobadas, retiro de certificado de
manipuladores de alimentos y asesoramiento de la Mesa de Ayuda en general,impiden dispensar al administrado de una correcta orientación, asistencia y
asesoramiento para un buen servicio de atención al público, en el marco de lascompetencias asignadas a la Gerencia precitada
Que en tal sentido cabe destacar que los administrados cuentan con la posibilidad deacceder a consultas y diversos trámites a través de los servicios brindados en la
Página Web de la AGC (www.buenosaires.gob.ar/agc);
Que en tal inteligencia deviene pertinente implementar un sistema de turnos a travésde dicha Página Web que permita coordinar y administrar la concurrencia de los
administrados a la AGC, logrando de esa manera eficacia, eficiencia y un adecuadoasesoramiento en la atención al público que concurre diariamente;
Que en virtud de lo expuesto, corresponde establecer la obligatoriedad para losadministrados y público en general a fin de solicitar turno previo a su concurrencia a la AGC mediante la Pagina Web (www.buenosaires.gob.ar/agc), respecto a los
siguientes tramites: Inicio de Solicitudes de Habilitaciones; Vista de HabilitacionesObservadas; Retiro de Habilitaciones Aprobadas; Retiro de Certificado de Manipuladores de Alimentos y, para Asesoramiento de la Mesa de Ayuda en general
Que la atención al público que concurra en forma espontánea a la AGC respecto de los tramites precitados, se brindará por la Gerencia Operativa de Mesa de Ayuda y Atención al Público hasta el día 31 de enero de 2014, inclusive, fecha a partir de la cual los administrados deberán concurrir con turno previo, de acuerdo al considerando precedente
Que a los fines referidos, corresponde instruir a la Unidad de Sistemas Informáticos y Procesos de esta AGC a los efectos de adecuar el portal Web de la AGC, implementando el aplicativo de turnos correspondiente
Que por último, resulta conducente encomendar a la Unidad de Prensa y Comunicación Institucional de esta Agencia a difundir el mentado sistema de turnos vía Página Web, conforme lo precedentemente aludido
Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal Técnica ha tomado la intervención de su competencia
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 7° inc e) y 12 inciso e) de la Ley N° 2624,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL
RESUELVE
Artículo 1.- Establécese la obligatoriedad para el público de solicitar turno mediante e Portal Web (www.buenosaires.gob.ar/agc) previo a su concurrencia a la AGC respecto de los trámites relacionados con: 1) Inicio de Solicitud de Habilitaciones; 2) Vista de Habilitaciones Observadas; 3) Vista de Habilitaciones Aprobadas; 4) Retiro de Certificados de Manipuladores de Alimentos y; 5) Asesoramiento de la Gerencia Operativa de Mesa de Ayuda y Atención al Público. Esta modalidad será decumplimiento obligatorio por los administrados a partir del 03 de febrero de 2014
Artículo 2.- Hágase saber al público que la Gerencia Operativa de Mesa de Ayuda y
Atención al Público prestará servicios a los concurrentes a la AGC en formaespontánea hasta el día 31 de enero de 2014, inclusive, en concordancia y respecto
de los trámites contemplados en el Artículo 1° de la presente.
Artículo 3.- Encomiéndase a la Unidad de Sistemas Informáticos y Procesos de estaAGC a adecuar el portal Web de la AGC, implementando el aplicativo de turnos
correspondiente, de conformidad al Artículo 1° de la presente.
Artículo 4.- Encomiéndase a la Unidad de Prensa y Comunicación Institucional la difusión de lo dispuesto en la presente Resolución mediante avisos institucionales en medios gráficos de edición masiva, dirigida al público en general
Artículo 5.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, comuníquese electrónicamente a la Gerencia Operativa Mesa deAyuda y Atención al Público y a la Gerencia Operativa Mesa de Entradas, ambas de la
Dirección General Legal y Técnica, a la Unidad de Sistemas Informáticos y Procesos ya la Unidad de Prensa y Comunicación Institucional y a todas las Direcciones
Generales y Unidades de esta AGC. Cumplido, archívese.
Gómez Centurión