Mediante la Ley 3720 de 2010, publicada en el BOCBA 3600 del 07-02-2011 se estableció el Sistema de Garantía Bancaria para ser utilizado voluntariamente, en los contratos de locaciones de viviendas urbanas en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Según establece la norma el objetivo de la misma es facilitar a locadoras/es y locatarias/os la concreción del contrato de locación y el Banco de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires será la autoridad de aplicación y el garante del cumplimiento de las obligaciones asumidas por el/la locatario/a.
Otro beneficio extra para los inquilinos que cumplan en tiempo y forma con el contrato que garantiza el Banco Ciudad es que obtendrán un certificado de cumplimiento que lo habilitará para obtener prioridad en el acceso a un crédito hipotecario (Art. 20).
Requisitos para la obtención de la Garantía Bancaria. El solicitante deberá:
- Ser mayor de edad.
- Ser argentino o residente permanente debidamente acreditado.
- Presentar su DNI.
- Abrir una caja de ahorro en pesos en el Banco Ciudad.
- Acreditar ingresos que permitan establecer una relación con el monto mensual del alquiler de modo que este no supere el 35% de sus ingresos mensuales.
- El solicitante en relación de dependencia deberá acompañar los 3 últimos recibos de sueldo.
- El solicitante independiente deberá presentar los comprobantes del pago del monotributo correspondiente a los últimos 3 meses de actividad anteriores a la fecha de la solicitud.
- El solicitante tendrá la posibilidad de sumar los ingresos de los integrantes del grupo familiar, debidamente demostrados.
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Texto completo Ley 3720/2010 |
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