Creación del padrón electoral de personas extranjeras
La Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, presentó un proyecto de ley para crear el Padrón de Electoras Extranjeras y Electores Extranjeros residentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que estará a cargo del Tribunal Electoral de la Ciudad.
De acuerdo a esta propuesta, están habilitados para votar en los actos electorales convocados en el marco de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires todos los residentes extranjeros mayores de dieciocho (18) años en la Ciudad, en igualdad de condiciones que los ciudadanos argentinos empadronados en este distrito para elegir autoridades locales, de acuerdo al cumplimiento de los siguientes requisitos:
Tener la calidad de “residente permanente” en el país, de acuerdo a los términos de la legislación migratoria vigente.
Poseer Documento Nacional de Identidad de Extranjera o Extranjero.
Acreditar por cualquier medio de prueba, excepto la testimonial, dos (2) años de residencia en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y tener registrado en el Documento Nacional de Identidad de Extranjera o Extranjero su último domicilio real en la Ciudad.
No encontrarse incursos en las inhabilidades que establece el Código Electoral Nacional.
Un conjunto de vecinos comerciantes presentaron numerosos reclamos en la Defensoría en los que manifestaron el perjuicio económico que les genera el traslado de su comercio, luego de desempeñarse durante años en el mismo lugar y los montos indemnizatorios que deberán afrontar frente a sus empleados, en caso de no poder continuar con su actividad..
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