Código procesal penal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Ley 2303/07 (B.O. CABA Nº 2679)
“Aprueba el Código Procesal Penal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Artículo 1º -
Apruébase como "Código Procesal Penal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" el texto que como Anexo integra la presente.
Artículo 2º -
La presente ley entrará en vigencia a partir de los ciento ochenta (180) días de su sanción
Artículo 3º -
Comuníquese, etc. de Estrada-Bello”
Decreto 632 (B.O. CABA Nº 2679)
“En uso de las facultades conferidas por el art. 102 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, promúlgase la Ley N° 2.303, sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 29 de marzo de 2007. Dése al Registro, gírese copia a la Secretaría Parlamentaria del citado cuerpo por intermedio de la Dirección General de Coordinación de Asuntos Legislativos, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase para su conocimiento y demás efectos al Ministerio de Gobierno.
El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Gobierno. TELERMAN – Gorgal”
Texto completo del Código Procesal Penal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires