Para calcular el aumento de Alumbrado, Barrido y Limpieza (A.B.L.) dispuesto en la ley 2568 (BOCBA 2840 del 28/10/2007) debe considerarse la nueva valuación total del terreno de acuerdo a la zona de la Ciudad en que se encuentra.
Método para determinar la nueva valuación del terreno:
Para determinar el valor del terreno para el año 2008, se debe multiplicar la valuación total del edificio (V.T.E.) por el coeficiente establecido en la ley. Este coeficiente está determinado geográficamente conforme a la zona catastral donde se encuentra la parcela, según figura en el anexo de la ley 2568.
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Texto completo de la Ley Nº 2568 / 07 (BOCBA 2840) |
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Anexo de la Ley Nº 2568 / 07 (Coeficientes) (Archivo PDF) |
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Ejemplo práctico:
PARTIDA Nº XXXXXXXX
El valor total es la suma del nuevo valor del terreno más el valor del edificio, tal como se detalla en las boletas:
Valuac. del terreno: $ ...... |
Edificio: $ ......... |
Total: $ ................. |
Sobre ese Total se deben aplicar las siguientes alícuotas:
El importe anual a ingresar por los gravámenes inmobiliarios nunca podrá ser superior al 1% del valor de mercado del inmueble; si esto no es así se debe presentar un recurso administrativo con, por lo menos, dos tasaciones realizadas por inmobiliarias inscriptas en el Registro de Operaciones Inmobiliarias (Resolución General 2168 de la AFIP).
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Consultas:
Telefónicamente:
Centro de Atención Telefónica del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA) 0800 999 2727 de 9:00 a 19:00 horas.
Correo electrónico:
inforentas@rentasgcba.gov.ar
Personalmente:
Dirección General de Rentas (DGR) del GCBA en Suipacha y Viamonte o en Esmeralda 638, donde se han habilitado las ventanillas 8, 9 y 10 y eventualmente en caso de masiva afluencia de público, la ventanilla Nro. 40.
Delegaciones de Rentas del Centro de Gestión y Participación Comunal (http://www.buenosaires.gov.ar/areas/descentralizacion/cgp/) que corresponde a su domicilio, donde también se brinda asesoramiento sobre el particular. |
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