El Gobierno de la Ciudad creó el Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y el Transporte
Decreto N°: 94/08
Publicado en el B.O. CABA Nº 2868 del 07/02/2008
De acuerdo a lo establecido en el Art. 1º del Decreto 94/08, el Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y el Transporte depende de la Subsecretaría de Seguridad Urbana del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y funcionará hasta tanto se sancione la Ley de Creación de la Autoridad de Control.
Las responsabilidades primarias de este Cuerpo, establecidas en el Anexo I del decreto, son las siguientes:
a.- Colaborar en el ordenamiento del tránsito público, cumpliendo una función educativa, informativa, preventiva y de control, arbitrando los medios necesarios para el cumplimiento de la normativa vial vigente y/o labrando actas de comprobación.
b.- Realizar el control y prueba de alcoholemia o toxicológico establecido en el Código de Tránsito y Transporte y su reglamentación, a los conductores de cualquier tipo o clase de vehículos que transiten por la vía pública.
c.- Instalar señales circunstanciales de tránsito en la vía pública, en caso de emergencia y sin autorización previa.
d.- Requerir el auxilio de la autoridad policial cuando lo considere conveniente.
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Decreto CABA 94 / 2008 - Creación del Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y Transporte |
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Ley CABA 2148 / 2006 - Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Bs. As. |
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Ley CABA 2506 / 2007 – Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires |
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Más normas sobre Tránsito y Transporte de la Ciudad de Buenos Aires |
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