En un análisis comparativo entre la Ley 471 vigente y la modificación propuesta por la Defensora del Pueblo se advierten cambios sustanciales tendientes a la protección de la paternidad, de la maternidad y del niño, además de la equiparación de las licencias entre padres biológicos y adoptivos.
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Maternidad
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Ley 471
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Proyecto de ley
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Licencia común por maternidad
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45 días anteriores al parto y 60 posteriores
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45 días anteriores al parto y 75 posteriores
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El proyecto contempla para las madres situaciones problemáticas que no figuran en la ley vigente: adelantamiento del alumbramiento, nacimientos múltiples, embarazo de alto riesgo, interrupción del embarazo, nacimiento de hijo/a con cuidados especiales y trabajo considerado perjudicial para la madre por la autoridad competente.
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Paternidad |
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Ley 471 |
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Proyecto de ley |
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Licencia común por paternidad |
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10 días corridos |
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20 días corridos de padre como cónyuge, pareja Unión Civil o convivientes |
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Para el caso de la paternidad, se incorporan nacimientos múltiples, asistencia de la madre enferma, interrupción del embarazo y nacimiento de hijo con cuidados especiales. Tiene el propósito de recuperar la importancia de la figura paterna en la crianza de los hijos menores, poniendo acento en la protección del embarazo, la familia y la primera infancia, y en evitar los mecanismos que aun indirectamente someten a la mujer a un trato diferente y perjudicial en sus posibilidades de acceso al mercado de trabajo.
En el caso de la adopción se mantienen las licencias vigentes de 90 días, pero se destaca la incorporación de la adopción de niño/a con necesidades especiales con una licencia de 180 días corridos.
Esta iniciativa impulsa la implementación en todos los lugares de trabajo de Salas Maternales y Guarderías para hijos de hasta 3 años; además de incorporar los siguientes casos en la atención de familiar a cargo:
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Enfermedad de familiar o menor |
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15 días corridos |
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Atención de familiar o menor con necesidades especiales |
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10 días corridos |
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Entre sus fundamentos, el proyecto de ley pone de relieve la importancia de la lactancia materna; jerarquiza la presencia paterna y preserva a la trabajadora de aquellas tareas consideradas peligrosas para su embarazo.
Esta iniciativa se enmarca en la profundización de la protección de la paternidad, de la maternidad y del niño, derechos cobijados al abrigo de los Tratados Internacionales de derechos humanos. “La incorporación de un nuevo miembro a la familia genera una reorganización de los vínculos que la unen: y hay que construir uno nuevo. Este proceso abarca desde aspectos concretos como la adaptación al espacio físico, la modificación de horarios, una diferente distribución del dinero, entre otros; la adaptación afectiva de ambos padres”, sostiene la Dra. Pierini en los fundamentos de la presentación.
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Proyecto de Ley de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires |
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Ley 471 / 2000 BOCBA Nº 1026 del 13-09-2000 |
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Normas sobre Trabajo y Producción en Ciudad y Derechos |
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Información sobre entidades públicas y ONG relacionadas con Trabajo y Producción |
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