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Convenios
Transferencias de Competencias Penales (Conv.)


DECRETO N° 455/08

Publicado en el BOCBA N° 2922 del 05/05/2008

Se designa representante de la C.A.B.A. para la transferencia de competencias penales de la Justicia Nacional

Buenos Aires, 29 de abril de 2008

Visto la Ley N° 2.257, el Convenio N° 14/04, la Ley Nacional N° 26.357 y el Expediente N° 16.523/08.

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 2.257 aprobó el Convenio N° 14/04 de transferencia progresiva de competencias penales de la Justicia Nacional al Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, celebrado entre el Gobierno Nacional y Gobierno de la Ciudad el 1° de junio de 2004.


Que por su parte la Nación aprobó el referido convenio mediante Ley N° 26.357, promulgada de hecho con fecha 27 de marzo de 2008.
Que la Cláusula Quinta del Convenio N° 14/04 establece que entrará en vigencia a los sesenta (60) días de producida la última ratificación.

Que la Cláusula Tercera establece que la transferencia de las competencias objeto del convenio, se acompañará de los recursos pertinentes, según lo dispuesto por el artículo 75, inciso 2°, de la Constitución Nacional y la Cláusula Transitoria Décimotercera de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.


Que la citada Cláusula Tercera conviene la designación de un representante del Gobierno de la Ciudad y otro del Gobierno Nacional a los efectos de la estimación y liquidación de los importes respectivos en los términos del artículo 8° de la Ley N° 23.548.

Que la transferencia efectiva de las competencias no puede preceder a la de los recursos, y, por lo tanto, los representantes deben expedirse con anterioridad acerca del monto de los recursos a transferir, el criterio de actualización y el procedimiento de incorporación al artículo 8° de la Ley N° 23.548.

Por ello, en virtud de lo expuesto y en uso de las facultades que le son propias

EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:

Artículo 1° - Desígnase al señor Ministro de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Dr. Guillermo Tristán Montenegro, representante por la Ciudad de Buenos Aires, en cumplimiento de lo acordado en la Cláusula Tercera del Convenio N° 14/04 de transferencia progresiva de competencias penales de la Justicia Nacional al Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2° - Invítase al Poder Ejecutivo del Gobierno Nacional a designar su representante y a convocar a las reuniones de trabajo.
Artículo 3° - El presente decreto es refrendado por los señores Ministros de Justicia y Seguridad, de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 4° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento pase a la Subsecretaría de Justicia dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad y a la Subsecretaría de Gestión y Administración Financiera dependiente del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. MACRI - Montenegro - Grindetti - Rodríguez Larreta

 




 

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