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Inicio - Convenios - Servicios Públicos (Conv.)
 
Convenios
Servicios Públicos (Conv.)

Buenos Aires, 20 de noviembre de 2001

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º.- Apruébese la Carta de Intención de Cooperación e Intercambio Técnico y Académico para la Formación y Capacitación de Recursos Humanos para la Gestión Pública Local en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, celebrada entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada por el Señor Jefe de Gobierno, y la unión Iberoamericana de Municipalistas, representada por su Presidente Rubén Américo Martí, cuya copia certificada obra como Anexo de la presente ley.

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.

CECILIA FELGUERAS

JUAN MANUEL ALEMANY

LEY N° 685

Sanción: 20/11/2001

Promulgación: Decreto Nº 2.131 del 27/12/2001

Publicación: BOCBA N° 1353 del 07/01/2002

Anexo

Convenio N° 3/2000

CARTA DE INTENCIÓN DE COOPERACIÓN E

INTERCAMBIO TÉCNICO Y ACADÉMICO PARA

LA FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN DE RECURSOS

HUMANOS, PARA LA GESTIÓN PÚBLICA LOCAL EN LA

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Buenos Aires, 22 de febrero de 2000

Entre la Unión Iberoamericana de Municipalistas, representada en este acto por su Presidente, Dr. Rubén Américo Martí, en adelante la UIM, con sede en Plaza Marlana de Pineda, 8 de la ciudad de Granada, España; y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por el Sr. Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Dr. Enrique Olivera, en adelante el GCABA, con sede en Avenida de Mayo 525 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

CONSIDERANDO:

  • El interés común entre las partes de contribuir a la consolidación de los gobiernos locales y regionales y de fortalecer el sistema democrático
  • La necesidad de promover y facilitar los procesos de desarrollo local y regional y de mejorar la calidad de vida de los ciudadanos
  • La importancla de incorporar nuevas técnicas para la modernización de la gestión administrativa local, que permitan prestar con mayor eficacla, eficiencla y calidad los servicios públicos
  • El valor estratégico que asume la formación de recursos humanos calificados para mejorar dicha capacidad de gestión
  • El valioso antecedente de la Maestría en Dirección y Gestión Pública Local de la Unión Iberoamericana de Municipalistas, cuya tercera edición para el Cono Sur americano se está desarrollando actualmente en la República Argentina
  • El aporte que pueden realizar las ciudades de Córdoba, Buenos Aires, Rosario y otras que hayan emprendido procesos de descentralización y modernización administrativa

ACUERDAN:

En suscribir la presente CARTA DE INTENCIÓN, que será regida por las siguientes cláusulas:

PRIMERA: Queda establecida la presente CARTA DE INTENCIÓN como un acuerdo-marco de cooperación técnica y académica entre la UIM y el GCABA, con el objeto de desarrollar acciones que resulten de interés común, enmarcadas en las políticas de fortalecimiento integral de la administración y gestión del GCABA, can énfasis en la formación y capacitación de recursos humanos para el programa de descentralización.

SEGUNDA: La cooperación técnica y académica entre las partes podrá desarrollarse en los siguientes campos:

(1) Desarrollar programas de formación y capacitación de recursos humanas de la UIM, con la posible participación de universidades y otros centros académicos asoclados a ésta, destinados especlalmente la formación y capacitación de altos directivos y personal técnico superior del GCABA.

(2) Desarrollar proyectos conjuntos de cooperación y asistencia técnica.

(3) Desarrollo conjunto de investigaciones y estudios sobre distintos aspectos de la problemática urbana y de las grandes Áreas Metropolitanas.

(4) Facilitar el intercambio de información técnica y académica sobre temas de interés común.

TERCERA: La cooperación técnica y académica entre las partes se aprobará a través de proyectos y/o protocolos específicas, conforme las normas que rigen a las partes. En ellos se establecerá, cuando sea pertinente, las condiciones de participación de las instituciones signatarlas, los responsables de ejecución, objetivos, tareas, cronogramas, recursos y costos correspondientes a las acciones planificadas.

CUARTA: Con el fin de coordinar las actividades necesarlas para la ejecución de la presente CARTA DE INTENCIÓN, se creará una Comisión de Coordinación ad honorem, integrada por dos representantes por cada una de las partes, la que formalizará las propuestas de trabajo a través de proyectos y/o protocolos específicos.

QUINTA: La presente CARTA DE INTENCIÓN deberá ser aprobada de acuerdo con los dispositivos legales de cada una de las partes signatarias, se renovará automáticamente y podrá rescindirse aún sin causa cuando alguna de Las mismas manifieste su voluntad de hacerla, previa comunicación fehaciente, que deberá efectuarse con treinta (30) días de, antelación. En todo los casos, finalizarán, con arreglo a esta CARTA DE INTENCIÓN o a sus programas operativos, las acciones que estén en curso.

SEXTA: A los efectos de la presente CARTA DE INTENCIÓN las partes constituyen los siguientes domicilios especiales. El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en Uruguay 440, segundo piso, oficina 27, Ciudad Autónoma de Buenos Aires República Argentina. La Unión Iberoamericana de Municipalistas, en Buenos Aires 330, oficina 7, Ciudad de Córdoba, República Argentina.

En prueba de conformidad, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto. En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, a veintidós días del mes de febrero del año dos mil. Olivera (por GCBA) - Martí (por Unión Iberoamericana de Municipalistas)



 


 

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