RESOLUCIÓN Nº 112/GCABA/06
Publicada en BOCBA 2485 del 21/07/2006
Buenos Aires, 10 de julio de 2006
Visto la Ley N° 1.925 (B.O.C.B.A. N° 2407), el Decreto N° 350/06 (B.O.C.B.A. N° 2416) y el Decreto N° 816/06 (B.O.C.B.A. N° 2475) y,
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 816/06 se crearon en el ámbito del Ministerio de Gestión Pública y Descentralización, quince (15) F /N Centros de Gestión y Participación Comunal, suprimiéndose los ex F/N Centros de Gestión y Participación;
Que el mencionado decreto estableció que los Centros de Gestión y Participación Comunal asumen las responsabilidades primarias y mantienen la misma estructura organizativa de los ex F/N Centros de Gestión y Participación, continuando con sus funciones y garantizando la misma prestación de servicios. Asimismo dispuso la transferencia del personal, patrimonio y presupuesto de estos últimos a los primeros;
Que razones operativas y de infraestructura edilicia imponen la necesidad de revisar las sedes previstas en el decreto mencionado para los F /N Centros de Gestión y Participación Comunal N° 10 y N° 15, reemplazándolas por otras aptas en términos provisorios, para el cumplimiento de las funciones, prestaciones y competencias que le son propias;
Que, consecuentemente, resulta necesario adecuar los ex F /N Centros de Gestión y Participación de los que provienen las transferencias previstas en el artículo 2° del decreto citado, a efectos de facilitar su operatividad;
Que, por otra parte, a fin de garantizar la continuidad de los servicios prestados, resulta necesario ratificar al personal de planta permanente que, a la fecha de la entrada en vigencia del Decreto N° 816/06, se desempeñaban como Directores /as y Jefes /as de Departamento en los ex F /N Centros de Gestión y Participación;
Que razones de oportunidad exigen resolver estas cuestiones en el corto plazo, previniendo dificultades en el funcionamiento de los F /N Centros de Gestión y Participación Comunal y favoreciendo el normal desenvolvimiento del proceso de transición a las comunas;
Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 6° de la norma legal citada, el Ministerio de Gestión Pública y Descentralización es la autoridad de aplicación del decreto de referencia, quedando facultado a emitir todos los actos administrativos necesarios para su implementación y a resolver el traslado de las sedes previstas;
Por ello,
EL MINISTRO DE GESTIÓN PÚBLICA Y DESCENTRALIZACIÓN
RESUELVE:
Artículo 1° - Fijase, con carácter provisorio, la sede del F /N Centro de Gestión y Participación Comunal N° 10 en la calle Almirante Francisco Seguí 2125, proviniendo las transferencias previstas en el artículo 2° del Decreto N° 816/06 del ex F /N Centro de Gestión y Participación N° 11.
Artículo 2° - Fijase con carácter provisorio, la sede del F /N Centro de Gestión y Participación Comunal N° 15 en la avenida Córdoba 5690, proviniendo las transferencias previstas en el artículo 2° del Decreto N° 816/06 del ex F /N Centro de Gestión y Participación N° 14 Oeste.
Artículo 3° - Ratificase que la sede del F /N Centro de Gestión y Participación Comunal N° 14 es la ubicada en la calle Coronel Díaz 2110, proviniendo las transferencias previstas en el artículo 2° del Decreto N° 816/06 del ex F /N Centro de Gestión y Participación N° 14 Este.
Artículo 4° - Ratificase en sus cargos al personal de planta permanente que a la fecha de entrada en vigencia del Decreto N° 816/06 se desempeñaba en los F /N Centros de Gestión y Participación suprimidos, como Director /a o Jefe /a de Departamento, conforme el detalle del Anexo que, a todos los efectos, forma parte integrante de la presente.
Artículo 5° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial y, para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a los Ministerios y Secretarías que integran el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los F /N Centros de Gestión y Participación Comunal. Cumplido, archívese.
El anexo de la presente resolución se encuentra en el BOCBA 2485 del 21/07/2006