Jueves 28 de marzo de 2024   
Contenidos
Derechos
Acceso a la Justicia
Boletín Oficial
Leyes CABA
Decretos CABA
Resoluciones CABA
Normas Fundamentales
Códigos
Compilaciones
Convenios
Presupuesto y Finanzas
Institucional y Político
Planeamiento Urbano
Jurisprudencia
Porteño de Ley
Noticias de la Ciudad
Contáctenos
 
Sitios Relacionados

 
   
 
   
 
 
   
 
 
   
 
 
   

Herramientas
Reducir Tipografía
Aumentar Tipografía
Imprimir
Enviar a:

Otros Temas
Asistencia
Mediación
Códigos

Inicio - Derechos - Cultura y Patrimonio - Comunicación (CyP)
 
Cultura y Patrimonio
Comunicación (CyP)


Ministerio de Espacio Público

RESOLUCIÓN N° 91 - MEPGC

PUBLICACION BOCBA N° 2640 DEL 08/03/2007


Se delega en la Subsecretaría de Coordinación y Programación del Espacio Público, el tratamiento y resolución de las cuestiones a las cuales dieren lugar las presentaciones de las empresas prestadoras de televisión por cable y servicios complementarios, la facultad de otorgar los permisos y, la de realizar la fiscalización y control de las obras

Buenos Aires, 12 de febrero de 2007.

Visto la Ley N° 1.877, y el Decreto N° 208/07, y
CONSIDERANDO:
Que, que por la Ley N° 1.877, se encuadra normativamente la realización de tareas en la vía pública por parte de las empresas prestatarias de servicios de televisión por cable y transmisión de datos;
Que, por el Decreto N° 208/07, se reglamentó la ley antes mencionada, instituyendo como autoridad de aplicación al Ministerio de Espacio Público;
Que, con el objeto de poder cumplir eficaz y eficientemente con la responsabilidad asignada a este Ministerio, resulta necesario canalizar las tareas a través de las reparticiones que le dependen, cuyas misiones y funciones específicas, guardan estrecha relación, con el objeto perseguido por la norma jurídica, que se reglamenta;
Que, por lo expresado anteriormente resulta necesario, delegar, en la Subsecretaría de Programación y Coordinación del Espacio Público, el tratamiento y resolución de las cuestiones a las cuales dieren lugar las presentaciones de las empresas prestadoras de televisión por cable y servicios complementarios;
Que, a idénticos fines que los previstos en el párrafo anterior resulta menester delegar en la Dirección General de Ordenamiento del Espacio Público, la facultad de otorgar los permisos a las empresas prestatarias para la instalación de redes de servicio de televisión por cable y servicios complementarios;
Que, a fin de garantizar el cumplimiento de los controles previstos en la ley y su reglamentación, corresponde delegar en la Dirección General de Acciones en la Vía Pública la facultad de realizar la Fiscalización y Control de las obras que se autoricen en virtud de lo preceptuado en el párrafo anterior;
Por ello, en uso de las facultades que les son propias,

LA MINISTRA DE ESPACIO PUBLICO
RESUELVE:

Artículo 1° - Delégase en la Subsecretaría de Coordinación y Programación del Espacio Público, el tratamiento y resolución de las cuestiones a las cuales dieren lugar las presentaciones de las empresas prestadoras de televisión por cable y servicios complementarios, en el marco de lo previsto por la Ley N° 1.877 y su Decreto reglamentario N° 208/07.
Artículo 2° - Delégase en la Dirección General de Ordenamiento del Espacio Público, la facultad de otorgar los permisos a las empresas prestatarias para la instalación de redes de servicio de televisión por cable y servicios complementarios, en el marco de lo previsto por la Ley N° 1.877 y el Decreto N° 208/07.
Artículo 3° - Delégase en la Dirección General de Acciones en la Vía Pública la facultad de realizar la Fiscalización y Control de las obras que se autoricen en virtud de lo preceptuado en el artículo anterior.
Artículo 4° - Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Fecho, notifíquese a la Subsecretaría de Coordinación y Programación del Espacio Público, a la Subsecretaría de Mantenimiento Urbano, la Dirección General de Ordenamiento del Espacio Público y a la Dirección General de Acciones en la Vía Pública dependencias de este Ministerio. Cumplido, archívese. María




 

www.ciudadyderechos.org.ar