Artículo Nº 33 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
La Ciudad promueve la práctica del deporte y las actividades físicas, procurando la equiparación de oportunidades.
Sostiene centros deportivos de carácter gratuito y facilita la participación de sus deportistas, sean convencionales o con necesidades especiales, en competencias nacionales e internacionales.