Artículo Nº 38 de la Constitución Nacional 
                    
                    Los partidos políticos son instituciones fundamentales del sistema democrático. 
 
Su creación y el ejercicio de sus actividades son libres dentro del respeto a esta Constitución, la que garantiza su organización y funcionamiento democráticos, la representación de las minorías, la competencia para la postulación de candidatos a cargos públicos electivos, el acceso a la información publica y la difusión de sus ideas. 
 
El Estado contribuye al sostenimiento económico de sus actividades y de la capacitación de sus dirigentes. 
Los partidos políticos deberán dar publicidad del origen y destino de sus fondos y patrimonio.