Lunes 18 de marzo de 2024   
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Inicio - Derechos - Políticos y Electorales
 
Políticos y Electorales


Artículo Nº 50 de la Constitución Nacional

Los diputados durarán en su representación por cuatro años, y son reelegibles; pero la Sala se renovará por mitad cada bienio; a cuyo efecto los nombrados para la primera Legislatura, luego que se reúnan, sortearán los que deberán salir en el primer período.



 

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