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Monumentos y sitios históricos
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Ley CABA Nº: 6689 / 2023 |
Publicado en el B.O. CABA Nº 6768 el
13-12-2023 |
Monumento en celebración y robustecimiento del vínculo de amistad y cercanía de las dos naciones - Israel y Argentina. Plaza Israel del barrio de Palermo. Comuna 14. Acéptase donación. |
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 30 de noviembre de 2023
Artículo 1º.- Se acepta la donación por parte del "Fondo de Intercambio Agrario Argentino Israelí" del Keren Kayemet LeIsrael (KKL) de un monumento en celebración y robustecimiento del vínculo de amistad y cercanía que tienen las dos naciones, Israel y Argentina, desde hace ya 75 años, para ser emplazada en la Plaza Israel del barrio de Palermo, delimitada por las avenidas Presidente Figueroa Alcorta, de los Ombúes y calle Andrés Bello, Comuna 14 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Art. 2º.- Se autoriza el emplazamiento del monumento "SHALOM-PAZ" en la Plaza Israel, con nomenclatura catastral Circunscripción: 17, Sección 23, Manzana 153, de acuerdo al Plano de Ubicación que como Anexo A forma parte integrante de la presente Ley.
Art. 3°.- El monumento mencionado en el artículo 2° de la presente Ley, será emplazado en la Plaza Israel, de acuerdo al Plano de Ubicación que como Anexo A forma parte integrante de la presente Ley.
Art. 4º.- La descripción del monumento se detalla en el Anexo B de la presente Ley.
Art. 5°. - El "Fondo de Intercambio Agrario Argentino Israelí" se hará cargo del emplazamiento de la obra citada en el artículo 2°. Se deja constancia que al igual que al día de la fecha y a futuro, el mantenimiento del monumento corre por cuenta y orden del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
Art. 6°.- Comuníquese, etc. Ferrario - Schillagi DECRETO N.° 383/23 Buenos Aires, 7 de diciembre de 2023 En uso de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley Nº 6689 (E.E. Nº 45322789-GCABADGALE/23), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 30 de noviembre de 2023. El presente decreto es refrendado por el Señor Ministro de Cultura, el Sr. Ministro de Hacienda y Finanzas, la Sra. Ministra de Espacio Público e Higiene Urbana y por el Señor Jefe de Gabinete de Ministros. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos, comuníquese a los Ministerios de Cultura, de Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6768 - 13/12/2023 Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires "1983-2023. 40 Años de Democracia"Hacienda y Finanzas y de Espacio Público e Higiene Urbana. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Avogadro - Mura - Muzzio - Miguel
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