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Inicio - Derechos - - Monumentos y sitios históricos
 

Monumentos y sitios históricos

Buenos Aires, 12 de junio de 2008.-

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Declárase Monumento Histórico en el marco de la ley 1227 Art. 4° inc. b) al edificio de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires ubicado en la manzana delimitada por las calles Perú, Hipólito Yrigoyen y Av. Diagonal Pte. Julio A. Roca.

Artículo 2°.-Comuníquese, etc.

DIEGO SANTILLI

CARLOS PÉREZ

LEY N° 2.746

Sanción: 12/06/2008

Promulgación: Decreto Nº 829/008 del 10/07/2008

Publicación: BOCBA N° 2974 del 18/07/2008




 

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